El Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS- surge a partir de la RG 2929, aplicable al período devengado en enero 2011, que obliga a los empleadores a realizar el pago del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
El nuevo Release 1 de la Versión 34 del SICOSS, aplicable a partir del período devengado octubre de 2010, obligatorio para los sujetos que deban determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones de la seguridad social, según la RG 2929. Idéntica obligación deberán cumplir aquellos empleadores que abonen a los trabajadores individualmente, remuneraciones iguales o superiores a Un Millón de pesos ($1.000.000).
Además incorpora las siguientes modificaciones:
- Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares a partir del periodo devengado julio de 2010, con excepción de las que les corresponda percibir a las empleadas que, al mencionado período, se encontraban gozando de licencia por “Maternidad” o “Maternidad Down”, en cuyo caso, podrá continuar compensándose hasta la finalización de las respectivas licencias.
- Incorpora los códigos de modalidades de contratación 997 y 998.
- Implementa el procedimiento de recaudación de la prima y el derecho de emisión —premio— del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
- Permite informar los ajustes o incrementos salariales que pudieran corresponderle a los trabajadores siniestrados fin de identificar adecuadamente a aquellos trabajadores siniestrados con incapacidad laboral temporaria.
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