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lunes, 18 de abril de 2011

Factura Electrónica – Actualización del certificado de autenticación para el uso de web services


La AFIP dispuso una actualización para el certificado de autenticación de facturas electrónicas, que estará disponible para descargar desde el 19 de abril.

Los denominados “Web Services” (ws) o Servicios Web, posibilitan que las comunicaciones entre sistemas implementados por los contribuyentes o consultantes y los sistemas o bases de datos de la AFIP se efectúen directamente.

La AFIP recepciona y procesa los requerimientos de información y comunica el resultado de la consulta o del proceso informático utilizando protocolos estándares de Internet.

El Web Service de Autenticación y Autorización - WSAA - es un servicio que permite el intercambio de información de manera directa entre la AFIP y los contribuyentes.

La actualización del certificado es obligatoria a partir del 25 de abril, siendo imprescindible para aquellas empresas que emitan comprobantes electrónicos, de no contar con el certificado actualizado se verán imposibilitadas a emitir facturas electrónicas.

Consulte nuestro instructivo sobre la descarga e instalación del certificado desde aquí: http://www.bejerman.com.ar/certificado/

Actualice el certificado ingresando aquí: http://www.afip.gov.ar/ws/#WSAA


viernes, 15 de abril de 2011

RG. 3034. Nuevos Agentes de Información para el CITI Compras

A partir del mes de Mayo, los contribuyentes designados se encuentran obligados a actuar como agentes de información sobre las operaciones de:

Compras, locaciones o prestaciones recibidas y las importaciones definitivas que, como consecuencia de cualquier actividad que desarrollen, realicen con proveedores, locadores, prestadores, comisionistas, consignatarios y sean generadoras de Crédito Fiscal en el Impuesto al Valor Agregado.

Descuentos y bonificaciones otorgadas, quitas y devoluciones que se documenten en forma independiente a las ventas, locaciones y prestaciones, que generen Crédito Fiscal en el Impuesto al Valor Agregado.

La AFIP detalló una nueva nómina de Agentes de Información en el Anexo 1 de la RG.3034

La información deberá ser suministrada por cada mes calendario hasta el día de vencimiento fijado para la declaración del impuesto al valor agregado, utilizando el aplicativo AFIP DGI – CITI COMPRAS – Versión 4.0 que genera el formulario de declaración jurada.

Acceda al texto completo de la RG. 3034

Descargue desde aquí el listado de empresas del Anexo 1

Fuente: www.Afip.gov.ar

@SBejerman

martes, 29 de marzo de 2011

Los Monotributistas deberán emitir Facturas Electrónicas.

Hoy, 29 de Marzo de 2011, se publicó en el BO la RG 3067 que obliga la emisión de Facturas Electrónicas, a las categorías más altas del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

Los contribuyentes bajo el régimen de monotributo, que por sus ingresos brutos anuales, las magnitudes físicas y el monto de los alquileres devengados anualmente, encuadren en las categorías establecidas H, I, J, K o L y realicen operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras o perciban señas o anticipos que congelen el precio, deberán emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar todas sus operaciones en el mercado interno.

Quedan excluidos de la obligación las facturas o documentos clase “C” que respalden operaciones con consumidores finales, en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o establecimiento.

Cabe destacar que los importes anuales correspondientes a las categorías antes enunciadas son las siguientes:

Categoría

Ingresos Brutos Anuales*

H

Hasta $ 144.000

I

Hasta $ 200.000

J

Hasta $ 235.000

K

Hasta $ 270.000

L

Hasta $ 300.000

*Datos de AFIP

http://www.afip.gov.ar/monotributo/categorias.asp

Los contribuyentes deberán solicitar a la AFIP, la autorización para emitir los comprobantes electrónicos originales, por transferencia electrónica desde el sitio web (www.afip.gob.ar) o accediendo desde “comprobantes en línea” con la respectiva clave fiscal.

Las disposiciones entrarán en vigencia a partir del segundo día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, resultando de aplicación para las solicitudes de autorización para la emisión de comprobantes electrónicos que se efectúen desde día 1 de mayo de 2011, inclusive.

Acceda al texto completo de la resolución general haciendo clic aquí.

viernes, 4 de marzo de 2011

El Régimen de Factura Electrónica incorpora a los titulares de los proyectos promovidos.


Los titulares de los proyectos promovidos bajo el régimen de franquicias tributarias de las provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan deberán emitir Facturas Electrónicas.

Mediante la RG. 3056, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó al Régimen de Factura Electrónica, a los proyectos promovidos alcanzados por las Leyes Nº 22.021, N° 22702 y N° 22973. Dichas leyes corresponden al Régimen especial de franquicias tributarias que tiene por objeto estimular el desarrollo económico de las Provincias de La Rioja, Catamarca, San Luis y San Juan.

Los comprobantes alcanzados son los siguientes, FC, NC y ND con letra A y B, salvo lo que ya emitan por controlador fiscal y las operaciones de ruteo.

Asimismo, los sujetos alcanzados por la presente deberán emitir los comprobantes electrónicos en forma separada por actividad y por proyecto, indicando, si los mismos corresponden a:

a) Actividades no alcanzadas por el beneficio: Código de identificación “2” - Dato “0” - cero.

b) Actividades alcanzadas por el beneficio: Código de identificación “2” - Dato “Número identificatorio del proyecto”.

La AFIP arbitrará los medios necesarios para informar, a los contribuyentes obligados, el número identificatorio de cada proyecto.

La incorporación al régimen es a partir del segundo día hábil posterior a la publicación de la presente y la emisión de comprobantes es para las operaciones que se efectúen a partir del 1° de mayo de 2011 inclusive.


jueves, 27 de enero de 2011

Nuevo release 2 de la versión 34 del SICOSS

La AFIP publicó un nuevo release del SICOSS 34, de uso obligatorio -a partir del período 12/2010- para las Universidades Nacionales (contribuyentes alcanzados por el Decreto 1571/2010).
Este release contempla también a los productores incluidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial de la provincia del Chaco, que fueron homologados por Resoluciones 4 y 7 de la Secretaría de la Seguridad Social:

- Modificaron las alícuotas para el cálculo de las contribuciones de la Universidades Nacionales alcanzadas por el Decreto 1571/2010.

- Incorporaron los convenios de corresponsabilidad gremial de productores forestales y de tabaco tipo Virginia, ambos de la provincia del Chaco.

Contemplamos estas modificaciones y las hemos resuelto de manera satisfactoria.

Sr. Cliente de soluciones eFlex comuníquese con el área de Servicios al 4789-1500, que lo guiaremos hacia la mejor solución.


miércoles, 26 de enero de 2011

Factura Electrónica Corp el nuevo servicio para grandes y medianas empresas

Factura Electrónica Corp. es un servicio que tramita y obtiene el CAE de facturas generadas por el software ERP que ya se encuentra operativo en la empresa.

Factura Electrónica Corp. se integra con todo tipo de soluciones informáticas corporativas y resuelve la obtención del CAE de las Facturas Electrónicas.

Si su empresa posee una solución corporativa que no puede emitir Factura electrónica, Factura Electrónica Corp. se integra con su aplicación y mediante eficaces procedimiento de intercambio de información, basados en Web Servicies y archivos .XML, resuelve la tramitación de CAE y la puesta a disposición de la factura hacía el cliente.



Para ampliar información de la solución de Factura Electrónica para grandes empresas comuníquese al 4789-1421 o al 0810-122-0808.

lunes, 1 de noviembre de 2010

Factura Electrónica, nueva RG. 2939 en vigencia a partir de hoy.

A partir de hoy, 1 de noviembre, rige la nueva Resolución General 2939 sobre la aplicación de Factura Electrónica para Empresas Proveedoras de Estado.

Si bien la RG.2853 incorporaba al régimen a las Empresas Proveedoras del Estado y obligaba la emisión de comprobantes B y C de manera electrónica para las operaciones efectuadas con la Administración Nacional que deban solicitar un “Certificado fiscal para contratar”; la nueva RG. 2939 incorpora a la obligación la emisión de comprobantes A efectuados por proveedores de los entes del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del artículo 8 de la ley 24.156 y sus modificaciones.

La nueva resolución también define al Sector Público, compuesto por la Administración Pública Nacional, las Empresas y Sociedades del Estado, los Entes públicos excluidos de la Administración Pública y los Fondos Fiduciarios.

La nueva resolución fija, para las empresas proveedoras del estado que emiten comprobantes A, como fecha de vigencia para el empadronamiento el 29 de octubre y como fecha de vigencia para la solicitud del CAE el 1 de noviembre.

Consulte el texto completo de la Resolución General 2939.

viernes, 8 de octubre de 2010

Novedades de Seguridad Social. SICOSS 34.0 Release 1


El Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS- surge a partir de la RG 2929, aplicable al período devengado en enero 2011, que obliga a los empleadores a realizar el pago del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

El nuevo Release 1 de la Versión 34 del SICOSS, aplicable a partir del período devengado octubre de 2010, obligatorio para los sujetos que deban determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones de la seguridad social, según la RG 2929. Idéntica obligación deberán cumplir aquellos empleadores que abonen a los trabajadores individualmente, remuneraciones iguales o superiores a Un Millón de pesos ($1.000.000).

Además incorpora las siguientes modificaciones:

  • Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares a partir del periodo devengado julio de 2010, con excepción de las que les corresponda percibir a las empleadas que, al mencionado período, se encontraban gozando de licencia por “Maternidad” o “Maternidad Down”, en cuyo caso, podrá continuar compensándose hasta la finalización de las respectivas licencias.
  • Incorpora los códigos de modalidades de contratación 997 y 998.
  • Implementa el procedimiento de recaudación de la prima y el derecho de emisión —premio— del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
  • Permite informar los ajustes o incrementos salariales que pudieran corresponderle a los trabajadores siniestrados fin de identificar adecuadamente a aquellos trabajadores siniestrados con incapacidad laboral temporaria.


Para Bajar el aplicativo ingrese aqui

Requiere instalación del Siap.

lunes, 4 de octubre de 2010

Factura Electrónica. Nueva RG.2626 - Código de Autorización Electrónico Anticipado

El pasado viernes 1° de octubre, la AFIP publicó en el B.O. la Resolución General 2626, la misma resuelve la aplicación de un procedimiento especial - de carácter opcional - de emisión de comprobantes electrónicos, a través del Código de Autorización Electrónico Anticipado "C.A.E.A.".

Los puntos principales de la nueva resolución

Mediante este nuevo procedimiento los contribuyentes que cumplan con las siguientes condiciones podrán solicitar vía web el "C.A.E.A":

1. Se encuentren comprendidos en el Registro Fiscal de Imprentas, como "Autoimpresores".
2. Se encuentren bajo el Régimen de Factura Electrónica, ya sea de forma obligatoria u opcional.
3. Posean un sistema de logística integrado de almacenes, stock, comercialización, facturación y distribución, que dificulte la facturación bajo la modalidad del Código de Autorización Electrónico "C.A.E".
4. Que emita por mes calendario un mínimo de Un Mil Ochocientos - 1800- comprobantes, este requisito debe comprobarse también los tres meses anteriores a la solicitud de incorporación al procedimiento especial.

En el caso de no cumplir con los puntos 3 y 4, podrán solicitar la adhesión, cuando formen parte de un grupo de empresas que compartan el mismo sistema integrado de emisión de comprobantes.

Quedan alcanzados los siguientes comprobantes:
  • Facturas clase A y B
  • Notas de Crédito y Débito clase A y B
Se deberá solicitar un único C.A.E.A por contribuyente, el cual tendrá validez para los comprobantes electrónicos que se emitan durante los siguientes períodos:
  • Primer Período: entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive.
  • Segundo Período: entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive.
La solicitud deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días corridos inmediatos anteriores al inicio de cada período.

Los contribuyentes que adhieran al procedimiento están obligados a informar a la Afip respecto de cada punto de venta habilitado, las operaciones realizadas con los C.A.E.A. otorgados, los tramitados y no utilizados. La información deberá suministrarse respecto de cada uno de los períodos indicados. Dicha obligación deberá formalizarse dentro de los Treinta (30) días corridos contados desde el día inmediato siguiente al de finalización de cada periodo, inclusive.

Para más información acceda a la R.G. 2626 texto completo.

Desde Sistemas Bejerman queremos mantenerlos siempre informados y aprovechamos para recordarle que contamos con la solución que su empresa necesita para cumplir con la obligaciones establecidas por el Régimen de Factura Electrónica.

jueves, 23 de septiembre de 2010

PROWeb Gestión Comercial on line, es la solución de Sistemas Bejerman para que las pequeñas empresas realicen toda su gestión comercial desde Internet.

PROWeb le brinda a las pequeñas empresas todas las ventajas del más moderno paradigma tecnológico: Cloud Computing.

A partir de septiembre, todos los usuarios de PROWeb pueden ingresar a la plataforma de gestión on line desde:

https://www.sbproweb.com.ar

En el nuevo sitio usted también encontrará:

  • Información acerca de alcance de PROWeb
  • Ventajas y beneficios que se obtiene con su uso
  • Demostraciones on line de la funcionalidades
  • Respuesta a preguntas frecuentes
  • Datos de contacto

Experimente las ventajas de la gestión on line. Experimente PROWeb.


lunes, 13 de septiembre de 2010

Factura Electrónica. Nueva reglamentación para Responsables Inscritos en IVA.

A través de la RG.2904, publicada en el B.O. el pasado jueves 9 de septiembre, se estableció un nuevo plazo para que los Responsables Inscriptos notificados por la AFIP implementen la emisión de la Facturas electrónica.

El fisco estableció que los contribuyentes inscriptos en el IVA, serán notificados con una anticipación no menor a 30 días hábiles administrativos para cumplir con la obligación de emitir facturas electrónicas.

Esto se debe a la necesidad que tienen los contribuyentes de encontrar una solución que se adapte a las necesidades de su negocio, puedan implementarla adecuadamente y logren capacitar al personal sobre la utilización de la herramienta.

Es importante recordar que la obligación de emitir Facturas Electrónicas no alcanza a las operaciones efectuadas por controlador o impresora fiscal ni a las operaciones de venta por ruteo.

Los sujetos alcanzados, deberán informar a la AFIP, hasta el día anterior a la fecha indicada en la notificación, el período mensual a partir del cual comenzarán a emitir los comprobantes electrónicos originales que respalden las operaciones realizadas. La comunicación se realizará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio Web de este organismo

Asimismo deberán elegir un procedimiento a seguir respecto a la información que recibirá el organismo. El contribuyente puede optar por informar en detalle – datos del comprador e ítems facturados- en el momento de emisión de la factura o bien sólo los datos del comprador y quincenalmente realizar un detalle de los ítems facturados.

Este es un paso más de la AFIP hacia la consolidación del Régimen de Factura Electrónica.

*Para conocer en detalle la Resolución General 2904 haga clic aquí.

lunes, 19 de julio de 2010

SICOSS. Nueva versión 34

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 2868, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la misma aprueba la versión 34 del Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS). Esta nueva versión se aplica a todos los empleadores debido a que se busca que se registren todos los datos del personal a través de la web del organismo.

Los cambios que trae la versión 34 del SICOSS son:

  • Finalización del régimen compensador de las asignaciones familiares. De esta manera se libera a los empleadores de la carga financiera y administrativa resultante del pago anticipado de estos beneficios.

De esta manera la AFIP se asegura que todos los empleadores registren en el sistema "Mi Simplificación" a todos sus empleados con las cargas de familia que pueda tener cada uno.

  • La recaudación del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. El aplicativo permitirá recaudar la prima mensual, y de corresponder, el derecho de emisión de la póliza -premio- del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.

Los trabajadores registrados contarán con una cobertura en caso de muerte que se suma a las prestaciones de vejez, invalidez y muerte, salud, y riesgos del trabajo.

  • La correcta identificación de los trabajadores comprendidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial de la actividad rural.

La AFIP busca disminuir el trabajo no registrado de la actividad rural.


Con esta nueva versión los trabajadores podrán corroborar que sus empleadores cumplen correctamente con el depósito de los aportes jubilatorios, el sistema de salud retenidos y el pago de las contribuciones a todos los subsistemas de la seguridad social incluida las cotizaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo.

Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, y serán de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F. 931) correspondientes al mes devengado julio de 2010 y siguientes.

Desde Sistemas Bejerman estamos trabajando para que nuestros sistemas cuenten con los requisitos de la nueva versión del SICOSS a la brevedad.


jueves, 8 de julio de 2010

Fabricantes de motocicletas y motopartes deberan emitir Facturas electrónicas.

El pasado 30 de junio la AFIP reglamentó, mediante la RG 2861, un nuevo régimen de incentivos a través de bonos fiscales, para las empresas locales que produzcan motocicletas y motopartes. Dichos bonos fiscales podrán ser utilizados para la cancelación del impuesto a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta, al IVA o a los impuestos Internos.

La RG 2861, establece que los beneficiarios del régimen y sus proveedores están obligados a emitir Facturas electrónicas para respaldar las operaciones alcanzadas por el incentivo. Asimismo el resto de las operaciones que no se encuentren alcanzadas pueden optar por el Régimen General de Factura Electrónica dispuesto en la RG.2485.

Para acceder al régimen de incentivos deben emitir Facturas electrónicas para las siguientes operaciones:

-Beneficiarios del régimen de incentivo: operaciones de venta en el mercado interno y de exportación de los bienes alcanzados por el régimen.


-Proveedores: operaciones que realicen con los beneficiarios del incentivo que otorguen el derecho a la obtención de los certificados de desgravación arancelaria y/o de los bonos fiscales previstos en este régimen.

La vigencia, de la reglamentación puesta en marcha a través de la Resolución General 2861 de la AFIP, comenzará desde el 1 de octubre próximo.

lunes, 28 de junio de 2010

Factura Electrónica. Nueva incorporación de empresas proveedoras del Estado.

El pasado viernes 25 de Junio, se publicó en el BO la RG.2852 y la RG. 2853. Ambas regulan la incorporación de las empresas proveedoras de la Administración Pública, al Régimen de Factura Electrónica.

Los principales aspectos enunciados en las resoluciones son los siguientes:


  • RG.2852: Certificado Fiscal para contratar.

Se establece que las empresas proveedoras deberán solicitar el Certificado Fiscal para poder realizar operaciones comerciales con cualquier ente de la Administración Pública.

Para determinar la procedencia o no del Certificado Fiscal, se constatará el cumplimiento tributario y provisional de los últimos 5 años.

La emisión o denegación del Certificado será resuelta por el Juez Administrativo, dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a la solicitud.


  • RG.2853: Emisión de Comprobantes Electrónicos.

Las empresas proveedoras que soliciten el Certificado Fiscal se encuentran obligadas a emitir comprobantes electrónicos para respaldar todas las operaciones de compraventa, locación o prestación de servicios y señas o anticipos que congelen precio.


Vigencia de las RG.

Solicitud de incorporación al régimen: desde la publicación de la RG. en el BO.

Solicitud de autorización para emitir comprobantes: desde el primer día hábil del segundo mes inmediato siguiente a su publicación.


Para leer más sobre este tema:

http://www.afip.gob.ar/novedades/docsComunicados/com2661.htm

RG.2852

http://www.puntoprofesional.com.ar/P/Z0001HTM/RG_2852_AFIP.HTM

RG.2853

http://www.puntoprofesional.com.ar/P/Z0001HTM/RG_2853_AFIP.HTM

viernes, 25 de junio de 2010

Factura Electrónica. Nuevos anuncios de la AFIP

En el día de ayer, Prensa Económica organizó un seminario en la Cámara Argentina de Comercio, sobre Factura Electrónica.

El principal disertante fue el Dr. Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, quien anunció las próximas implementaciones al régimen.

Julio.

  • Segundo grupo de Exportadores, recordemos que en la primera etapa fue obligatorio la implementación del régimen para los depósitos fiscales.

Agosto.

  • Deberán sumarse al régimen los Laboratorios, las tabacaleras y las empresas que contraten con el Estado - próximamente se publicará en el B.O. la resolución 2852-.

Septiembre.

  • El régimen alcanzará a las industrias de artículos de higiene y tocador.

Para el 2011 se espera que ingresen al régimen de Factura Electrónica todas las operaciones que respalden la comercialización de productos vía Internet. Asimismo, se está trabajando para que se puedan enviar de manera electrónica todas las retenciones de Ganancias, IVA y Seguridad Social.

Más información en:

Iprofesional:

http://contadores.iprofesional.com/notas/100410-El-titular-de-la-AFIP-adelanto-las-proximas-etapas-de-la-factura-electronica.html

La nación:

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1278479

Ámbito financiero:

http://www.ambito.com/noticia.asp?id=529108

miércoles, 23 de junio de 2010

Empresas exportadoras. Recupero del IVA


Por aplicación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado N°23.349, todas aquellas empresas exportadoras de bienes y servicios tienen la posibilidad de recuperar el crédito fiscal vinculado con los bienes o servicios exportados.

Para acceder al beneficio del recupero la RG 2000/2006 de AFIP detalla los requisitos que debe cumplir el contribuyente, los aplicativos que debe utilizar, la información requerida y la forma de presentación de la Solicitud.

Frente a un gran volumen de operaciones, recopilar la información requerida para la confección de la solicitud de reintegro y para el cálculo del monto puede insumir muchas horas hombre y elevar los costos.

Con eFlexware usted podrá:

  • Agilizar la preparación y asignación de comprobantes con crédito fiscal disponible relacionados con cada exportación.
  • Automatizar las consultas para AFIP.
  • Calcular de manera automática el monto a reintegrar tanto para el caso del exportador puro y el exportador mixto.
  • Generar la Solicitud de Recupero del Impuesto Facturado.
  • Generar la información a presentar en el aplicativo SIAP-IMPFAC.
  • Obtener mayores controles sobre la documentación.
  • Conservar todos los papeles de trabajo que deben quedar a disposición del Fisco y de las auditorías.
  • Obtener, según sus necesidades, cualquier tipo de informe gerencial sobre sus exportaciones.

Conozca más sobre las funcionalidades que tiene eFlexware respecto a operaciones de exportación e importación, ingresando aquí o comuníquese con nosotros al 4789-1421 que lo guiaremos hacia la solución que usted necesita.

miércoles, 26 de mayo de 2010

Conozca nuestras soluciones sobre Factura electrónica.

Sistemas Bejerman ha desarrollado múltiples soluciones que se adaptan a todas las necesidades sobre Factura electrónica.

Conozca cuáles son las soluciones ingresando aqui.

miércoles, 12 de mayo de 2010

Factura electrónica: Sistemas Bejerman realiza un evento de actualización normativa y presentación de soluciones

  1. Sistemas Bejerman, realiza el evento “Factura electrónica: actualidad, perspectivas y soluciones” en la ciudad de Mendoza.


Este evento, destinado a empresarios, gerentes administrativos, contadores públicos y especialistas en temas tributarios, contará con dos destacados disertantes de la AFIP Central:


·La Lic. Silvia Otero, Directora de Informática de Fiscalización, quien es la principal responsable de la implementación práctica del nuevo Régimen y expondrá sobre su origen, evolución y futuras incorporaciones.

· El Lic. Javier Portal, Jefe del Dpto. Procedimientos de Control Programados, quien se explayará sobre diversos aspectos normativos y características particulares del Régimen de Factura Electrónica.

El evento se realiza hoy miércoles 12 de mayo a las 18:00 en el Salón de los Espejos del Hotel Hyatt Mendoza, ubicado en Chile 1124. El acceso es sin cargo y requiere inscripción. Para inscribirse llamar al 0810–122–7220 (opc. 2) o por Internet en http://www.bejerman.com




lunes, 10 de mayo de 2010

Factura electrónica. Sujetos alcanzados desde los inicios hasta mayo de 2010.


- RG 2177 (B.O. Diciembre 2006)

- Servicios de planes de salud con abono de cuota mensual

- TV por cable o satelital

- Servicios de acceso a Internet con abono mensual

- Telefonía móvil


- RG 2289 (B.O. Agosto 2007)

- Servicios de transporte de caudales y/u otros objetos de valor

- Servicios de seguridad

- Servicios de limpieza de inmuebles


- RG 2485 (B.O. Agosto 2008)

- Prestación de servicios de publicidad y conexos

- Explotación de obras de infraestructura, con cuentas corrientes o telepeaje, prestados en CABA o PBA

- Servicios de informática y desarrolladores de software

- Servicios profesionales (Abogados, Lic. En Administración, Lic. En Economía, Lic. En Sistemas, Contadores Públicos, Actuarios, Escribanos, Notarios, Ingenieros, Arquitectos).


- RG 2557 (B.O. Febrero 2009)

- Incorporación de empresas adheridas al régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones.


- RG 2668 (B.O. Septiembre 2009)

- Incorporación de Seguros de Caución.


- RG 2754 (B.O. Enero 2010)

– Incorporación de Prestadores de Servicio de Archivo y Digitalización (PSAD)


- RG 2758 (B.O. Enero 2010)

– Incorporación de Exportadores de Bienes


- RG 2757 (B.O. Febrero 2010)

- Incorporación de Responsables Inscriptos notificados por AFIP


- Próximas actividades a alcanzar


- Exportadores (perfiles aún no alcanzados)

- Importadores

- Proveedores del Estado

- Portales que ofrezcan el servicio de intermediación en el comercio electrónico

- Hoteles

- Laboratorios

- Cadena agrícola ganadera

- Monotributistas de la categoría más alta

- Tabacaleras, laboratorios y fábricas de fertilizantes